Doping

Actualizado 11 julio 2024

Introducción

Los informes del uso de sustancias prohibidas para mejorar el rendimiento se conocen desde hace mucho tiempo, incluso en la era antes de Cristo, así como en las grandes guerras, como los soldados que usaban anfetaminas y esteroides anabólicos para mejorar el rendimiento en las batallas. 

En 1999 se creó la Agencia Mundial Antidopaje (AMA), que rige los estándares internacionales de control antidopaje.


Definición

La AMA considera doping una o más violaciones de las normas antidopaje:

  • Uso o intento de uso por parte de un atleta de una sustancia o método prohibido.
  • La presencia de una sustancia prohibida o sus metabolitos en la orina del atleta.
  • Evasión, negativa o no presentación a la toma de muestras, sin justificación válida, previa notificación de persona debidamente autorizada.
  • Fallas en cuanto a la ubicación del atleta.
  • Fraude o intento de fraude de cualquier parte del proceso de control de dopaje por parte de un atleta u otra persona.
  • Posesión de sustancias o métodos prohibidos por parte del atleta o personal de apoyo de la competencia.
  • Tráfico o intento de tráfico de una sustancia o método prohibido por parte de un atleta u otra persona.
  • Administración o intento de administración por parte de un atleta u otra persona de una sustancia o método prohibido.
  • Complicidad o tentativa de complicidad.
  • Actos de desincentivo o represalia.
  • Asociación prohibida por un atleta u otra persona.

Lista de sustancias prohibidas

En los sitios web de la AMA y ABCD es posible encontrar la lista de todas las sustancias prohibidas dentro y fuera de la competencia.

En los temas a continuación, presentamos un resumen de las categorías de sustancias y los principales comentarios.

Sustancias prohibidas en cualquier momentoSe dividen en clases S0, S1, S2, S3, S4 y S5:

  • S0 – Sustancias no aprobadas: Cualquier sustancia farmacológica que no esté contemplada en ninguna de las secciones subsiguientes de la lista y sin la aprobación actual de ninguna autoridad sanitaria gubernamental reguladora para uso terapéutico humano (ej. medicamentos en desarrollo preclínico, clínico o descontinuado, sustancias aprobadas solo para uso veterinario) están prohibidas en todo momento.
    • Esta categoría fue creada en 2011 y, recién en 2022, se introdujo la primera sustancia perteneciente a este grupo: BPC – 157 (péptido sintético capaz de acelerar la regeneración de tejidos, incluidos tendones, músculos y huesos).
  • S1 – Agentes anabólicos: Esteroides androgénicos anabólicos y otros agentes anabólicos. Ejemplo principal: Estanozolol.
  • S2 – Hormonas peptídicas, factores de crecimiento, sustancias relacionadas y afines: Eritropoyetina y agentes que estimulan la eritropoyesis, hormonas peptídicas y sus factores de liberación, factores de crecimiento y sus moduladores. Ejemplo principal: GH (hormona del crecimiento).
  • S3 – Beta-agonistas: Todos los agonistas beta-2 selectivos y no selectivos están prohibidos. Excepciones:
    • Salbutamol inhalado: Máximo 1600 microgramos durante 24 horas, en dosis divididas que no excedan los 600 microgramos cada 8 horas de cualquier dosis.
    • Formoterol inhalado: Dosis máxima administrada de 54 microgramos en 24 horas.
    • Salmeterol inhalado: Máximo 200 microgramos en 24 horas.
    • Vilanterol inhalado: Dosis máxima de 25 microgramos cada 24 horas.
  • S4 – Moduladores hormonales y metabólicos: Inhibidores de la aromatasa, sustancias antiestrogénicas (antiestrógenos y moduladores selectivos de los receptores de estrógenos), antiestrógenos, agentes que previenen la activación del receptor de activina IIB, moduladores metabólicos.
  • S5 – Diuréticos y agentes enmascaradores: Diuréticos, expansores de plasma. Excepciones:
    • Drospirenona.
    • Pamabrom y uso oftalmológico tópico de inhibidores de la anhidrasa carbónica (ejemplos: Dorzolamida y Brinzolamida).
    • Administración local de Felipresina en anestesia dental.

Sustancias prohibidas en competenciaSe dividen en clases S6, S7, S8 y S9:

  • S6 – Estimulantes: Específicos y no específicos. Ejemplo principal: Isometepteno. Excepciones:
    • Clonidina.
    • Sustancias incluidas en el programa de monitoreo 2022 (no consideradas sustancias prohibidas): Bupropión, cafeína, nicotina, fenilefrina, fenilpropanolamina, pipradol y sinefrina.
  • S7 – Estupefacientes: Ejemplos principales: morfina, oxicodona, metadona.
  • S8 – Cannabinoides: Naturales y sintéticos. Excepción: Cannabidiol.
  • S9 – Glucocorticoides: Todos los glucocorticoides están prohibidos cuando se administran por cualquier vía inyectable, por vía oral (incluida la vía oromucosa: Ej. bucal, gingival, sublingual) o por vía rectal.
    • Principal actualización en 2022: Se prohíbe cualquier vía inyectable, incluida la intraarticular, y cualquier vía oral, incluida la oromucosa.

Sustancias prohibidas en deportes específicosP1 – Beta bloqueadores: Están prohibidos sólo en competición, en los siguientes deportes, y también fuera de competición, cuando indicado:

  • Automovilismo.
  • Billar: Todas las disciplinas.
  • Dardos.
  • Golf.
  • Esquí/snowboard en saltos de esquí, freestyle/halfpipe y snowboard/big air halfpipe aéreos.
  • Deportes subacuáticos en apnea de peso constante con o sin aletas, apnea dinámica con y sin aletas, apnea de inmersión libre, apnea Jump Blue, pesca submarina, apnea estática, tiro al blanco y apnea de peso variable.
  • Tiro con arco: También prohibido fuera de competencia.
  • Tiro deportivo: También prohibido fuera de competencia.

Métodos prohibidos
  • M1 – Manipulación de sangre y componentes sanguíneos:
    • Administración o reintroducción de cualquier cantidad de sangre o glóbulos rojos autólogos, alogénicos (homólogos) o heterólogos de cualquier origen en el sistema circulatorio.
    • Mejorar artificialmente la captación, el transporte o la entrega de oxígeno, incluidos, entre otros, perfluoroquímicos, productos de efaproxiral (RSR13) y hemoglobina modificada (ej. sustitutos de la sangre a base de hemoglobina y productos de hemoglobina microencapsulada, sin incluir oxígeno suplementario por inhalación) .
    • Cualquier forma de manipulación intravascular de la sangre o sus componentes por medios físicos o químicos.
  • M2 – Manipulación química y física:
    • Manipulación o intento de manipulación de la integridad y validez de las muestras recolectadas durante el control de dopaje, lo que incluye, entre otros, sustitución y/o manipulación de la orina (ej. proteasas).
    • Infusiones y/o inyecciones intravenosas de más de un total de 100 mL por período de 12 horas, excepto las legítimamente recibidas en el curso de tratamientos hospitalarios, procedimientos quirúrgicos o investigaciones de diagnóstico clínico.
  • M3 – Dopaje genético o celular: Se prohíbe lo siguiente con potencial para mejorar el rendimiento deportivo:
    • El uso de polímeros de ácidos nucleicos o análogos de ácidos nucleicos.
    • El uso de agentes de edición de genes diseñados para alterar secuencias genómicas y/o la regulación transcripcional, post-transcripcional o epigenética de la expresión génica.
    • El uso de células normales o modificadas genéticamente.

Autorización de uso terapéutico

Los atletas pueden tener enfermedades o condiciones que requieran el uso de medicamentos prohibidos en el deporte. Si dicho uso es necesario, se deberá solicitar la AUT (Therapeutic Use Exemptions) o TUE (Therapeutic Use Exemptions) a la entidad de control antidopaje según el nivel en el que se encuentre el atleta (nacional o internacional).

Para obtener una TUE, se deben cumplir cuatro criterios:

  • El atleta debe tener una condición médica claramente diagnosticada que requiera tratamiento con una droga que contenga una sustancia o método en la lista prohibida.
  • El uso terapéutico de la sustancia o método de la lista prohibida no producirá una mejora significativa en el rendimiento (en el balance de probabilidades) más allá del estado de salud normal del atleta.
  • La sustancia o método de la lista prohibida indicada en el tratamiento de la condición médica no presenta una alternativa terapéutica razonablemente permitida.
  • El uso de una droga con una sustancia o método en la lista prohibida no es consecuencia del uso anterior, sin AUT, de una sustancia o método que estaba prohibido en el momento del uso.

Referencias bibliográficas

World Anti-Doping Agency (WADA). 2022 List of Prohibited Substances and Methods. WADA, 2022.


Sugerencias y comentarios al correo: contacto@galenbook.com

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